Res. 951/2025 Superintendencia de Servicios de Salud: Lo que tenés que saber sobre el nuevo procedimiento en denuncias y sanciones en salud
El pasado 12 de junio se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 951/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), que establece un nuevo “Procedimiento General de Denuncias, Faltas Formales y Sanciones”. La idea es simplificar, agilizar y hacer más eficiente la atención de reclamos y la fiscalización sobre obras sociales y prepagas.
En esta entrada te cuento qué cambia con la nueva resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud, cómo afecta a las obras sociales y por qué puede ser importante para vos como usuaria o consumidor de salud.
¿Por qué hacía falta este nuevo procedimiento? Porque las normas anteriores se habían quedado obsoletas y burocráticas. Por ejemplo, la Resolución 75/1998 estableció un sistema de reclamos que, con el tiempo, fue un embudo: lento, complicado y poco eficaz. Más tarde, la Resolución 607/2022 y su modificatoria 711/2024 intentaron agilizar, pero siguieron sin dar una respuesta rápida y clara. Lo mismo pasó con otras resoluciones como la 155/2018 y 721/2024, que quedaron atrás con esta nueva consolidación.
¿El resultado? Un aumento considerable en denuncias sin resolver, y demoras que perjudican directamente a quienes deberían recibir prestaciones médicas sin vueltas. La SSS reconoció este problema y con la Resolución 951/2025 busca ponerle fin a la burocracia que entorpece el sistema.
Entonces, ¿qué novedades trae esta norma?
Primero, establece plazos cortos y claros: las obras sociales y prepagas tienen cinco días para responder desde la notificación, y todo el procedimiento debe resolverse en un máximo de 30 días hábiles. ¿Hay urgencia médica o riesgo vital? La SSS puede acortar esos plazos para proteger la salud del beneficiario.
Segundo, introduce un cambio clave: la inversión de la carga de la prueba. ¿Qué significa? Que si la obra social no responde, responde mal o no justifica que cumplió con sus obligaciones, se presume que no cumplió. La responsabilidad de demostrar que hicieron lo que debían recae en ellas, no en el usuario.
Además, se establecen sanciones claras, con multas que varían según la gravedad y la reincidencia. ¿Cuánto se paga? Las multas se calculan en “módulos” equivalentes al monto del haber mínimo jubilatorio. Así, si reinciden, la multa aumenta. También se mantiene la facultad de la SSS para tomar medidas urgentes si detecta irregularidades graves.
Otro punto interesante es la creación de un ranking de cumplimiento. ¿Para qué? Para transparentar quiénes cumplen y quiénes no, y que los usuarios puedan tomar decisiones informadas. Una herramienta que, bien usada, puede incentivar a las obras sociales y prepagas a mejorar sus servicios.
El procedimiento tiene varias etapas, desde la presentación de la denuncia hasta la posible ejecución judicial en caso de multas impagas. Y la norma establece controles de calidad, monitoreo constante y capacitación para quienes intervienen en el proceso.
En definitiva, la Resolución 951/2025 es un intento serio de modernizar y hacer más transparente el sistema de denuncias y fiscalización en salud. Busca que los usuarios tengan una tutela efectiva y que las prestadoras cumplan con sus obligaciones.
¿Será suficiente para resolver años de demoras y burocracia? Eso lo veremos con el tiempo. Pero está claro que, si la SSS logra hacer cumplir esta norma, la gente podrá reclamar mejor y más rápido. Y eso, al final del día, es lo que todos esperamos.